Con fecha de 3 de noviembre 2020 se publicó la relación de beneficiarios que deben subsanar las deficiencias advertidas en la documentación justificativa (facturas).
Desde Dirección Provincial de Educación os ha tenido que llegar uno de estos dos mensajes:
1.- "No requiere subsanación". Eso significa que no existen errores y que simplemente hay que esperar a finales de diciembre, que será cuando os hagan el ingreso por el importe de los libros que habéis tenido que comprar.
2.- "La solicitud tiene errores que requieren subsanación".
Se abren dos plazos:
– De subsanación de defectos: del 4 al 17 de noviembre, ambos inclusive.
– De presentación de facturas, para los que no la hubieran presentado en plazo, del 4 al 24 de noviembre, ambos inclusive.
IMPORTANTE: La fecha de las facturas presentadas en periodo extraordinario deberá tener fecha, como máximo, del día 30 de septiembre de 2020.
Descarga de documentación: Listado solicitudes que requieren subsanación justificación.