Dadas las circunstancias concurrentes como consecuencia de los efectos derivados de la propagación del COVID-19 así como de la declaración del estado de alarma y la especial vulnerabilidad en la que se encuentran los alumnos destinatarios de estas ayudas y de sus familiares, con carácter excepcional, se considerarán amparados por esta ayuda todos aquellos gastos que redunden en favorecer la reeducación pedagógica o del lenguaje de los alumnos que por las circunstancias descritas, no han podido asistir a las sesiones presenciales de los profesionales previamente fijadas, tales como adquisición de material informático o audiovisual siempre que, por parte de los equipos de orientación o por la Administración educativa competente, se estime que redundan en favorecer la reeducación de estos estudiantes.
En cualquier caso, se considerarán justificados los gastos de reeducación pedagógica o del lenguaje que hayan sido realizados hasta el primer día de comienzo del curso escolar 2020/2021.
Se deberán conservar todas las facturas y justificantes de los gastos efectuados con el importe de la ayuda.
José Manuel García González TEL: 987 344 323 / 831087
Negociado de Becas
Delegación Territorial de León
Dirección Provincial de Educación
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